APHINAR SAS
Asesores & Consultores Especializados en Regimen de Propiedad Horizontal
"Núnca confie la ASESORIA & CONSULTORIA de su copropiedad a empiricos ni personas sin experiencia. Una gestion equivocada puede afectar seriamente su Patrimonio"... aiph.

REFORMA ESTATUTARIA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL.
Una reforma estatutaria de la Copropiedad que se adapte a lo preceptuado por la Ley 675 de agosto 3 de 2001, debe considerar todos los aspectos ESPECIFICOS que enmarcan la administración, el manejo operativo y la convivencia en la copropiedad. Ninguna copropiedad es igual a otra. Todas son diferentes y el estudio debe contemplar todos los aspectos que se deben reformar, redactar, analizar juridicamente su aplicabilidad, para que se ajusten a la forma de convivir, administrar, dirigir, controlar y mantener su copropiedad.
Todo el contenido que se va a reformar para adecuarlo a la Ley y a la exclusividad de su copropiedad, deben ser aprobadas por la Asamblea de Propietarios por medio de mayoría calificada y son de obligatorio cumplimiento para todas las personas que tengan relación con la Propiedad Horizontal, posteriormente, deben elevarse a Escritura Pública y hacer la inscripción ante la entidad encargada (Oficina de Registro de Instrumentos Públicos) de los actos relacionados con la existencia y representación legal de la persona jurídica. Cabe anotar que la Asamblea se puede reunir cualquier día y en cualquier momento, cumpliendo los requisitos exigidos por la ley para este evento.
Nuestra metodología para reforma estatutaria es la siguiente:
-
DIAGNOSTICO Y EXAMEN DE DOCUMENTACION SOPORTE ACTUAL, REGISTRO DEL PROYECTO EN CURADURIA, PLANOS, ESCRITURAS. 15 Días.
-
Análisis Técnico-Jurídico- revisión del proyecto, permisos, escrituras.
-
Revisión y estudio de Títulos.
-
Revisión y Asignación de Linderos.
-
Revisión y Asignación de Coeficientes de Copropiedad.
-
Revisión y determinación de Módulos de Contribución.
-
Revisión de Areas Privadas y Comunes según Proyecto aprobado.
-
-
APLICACIÓN Y SOMETIMIENTO AL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL. 30 Días.
-
Identificación de los Bienes Comunes y Privados.
-
Revisión y adecuación de Porcentajes de Participación y pago de Expensas.
-
Factores de Copropiedad.
-
Creación del Manual de Convivencia.
-
Análisis, cálculo y elaboración de Módulos de Contribución.
-
Regimen de sanciones y procedimiento.
-
Finalizacion de estatutos.
-
-
Seguidamente, se le hará conocer su contenido a todos los copropietarios. Enviandoles el proyecto borrador de reforma estatutaria.
-
Se debe dar un plazo prudencial para que cada copropietario, el consejo de administración, el administrador y la revisoría fiscal, hagan sus aportes por escrito al borrador de la propuesta, enviando al administrador las mismas, identificando el articulo y la propuesta a ese articulo.
-
Se evaluará y filtraran las propuestas segun su contenido y aplicación legal.
-
Unicamente se tratarán los artículos que presentaron propuestas de cambio o eliinación, los demas artículos que no tuvieron ningun comentario SERAN APROBADAS TACITAMENTE y no se tratarán en asamblea.
-
Se pondrán a consideración y aprobacion los atriculos que presentaron propuestas de cambio o eliminación y se someterán a votación. Este proyecto de reforma de estatutos requiere de una votación del 70% de los coeficientes.
-
Aprobada la reforma, se presenta la minuta (también en medio magnético) ante la Notaría para elevarla a Escritura Pública y el acta de la Asamblea en la que se avaló la reforma.
-
La escritura pública debe ser inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos respectiva.
-
Al finalizar el trámite en la oficina de Registro se solicita un Certificado de Tradición de los Inmuebles que ya contengan la anotación de la Reforma del Reglamento de Propiedad Horizontal.
-
Finalmente, se presentan ante la Alcaldía los siguientes documentos: Copia de la escritura pública, certificados de Tradición, el acta de la Asamblea donde se aprobó la reforma.



